Descripción
En Argentina, con la sanción de la Ley de Educación Nacional N° 26206 (LEN) en el año 2006, la educación secundaria es obligatoria. Esta situación obliga al Estado a garantizar la universalización del nivel. Uno de los instrumentos de política educativa para llevar adelante el mandato de la obligatoriedad son los cuerpos normativos, entendidos como marcos de regulación de la sociedad que expresan la legitimidad de determinados modelos de funcionamiento macro y micro institucional. De esta manera, dichos cuerpos normativos regulan el funcionamiento del sistema educativo argentino (Almandoz, 2010).
El Consejo Federal de Educación (CFE) como ámbito de concertación de políticas entre el gobierno nacional y los gobiernos provinciales ha ido aprobando distintas resoluciones destinadas a regular la puesta en marcha de la obligatoriedad del nivel secundario de educación en todo el territorio argentino. Entre ellas se encuentran las que sostienen el Plan Nacional de Educación Obligatoria (2009), la Organización pedagógica e institucional de la Escuela Secundaria Obligatoria (2009) y los Lineamientos políticos y estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria (2009).
En base a los lineamientos nacionales y a las resoluciones del CFE cada jurisdicción elabora sus propias normativas. En este sentido, en la provincia de La Pampa se sancionó la Ley de Educación Provincial N° 2511 en el año 2009, y a partir de ella se dictaron resoluciones y disposiciones que están atravesadas por el mandato de la obligatoriedad de la escuela secundaria. Entre ellas pueden mencionarse las de creación de cargos para el acompañamiento de las trayectorias escolares (2010), las que tienen que ver con los acuerdos escolares de convivencia (2011), las que aprueban las estructuras y materiales curriculares (2010 y 2011), las que aprueban los sistemas de evaluación (2013), las relacionadas con el tratamiento del ausentismo escolar (2018), las que pretenden garantizar la continuidad de alumnos repitentes en la misma institución educativa (2012), las que regulan las condiciones de ingreso de los estudiantes (2013) y las que promueven la reorganización institucional (2018).
En este trabajo interesa resaltar la Resolución MCE N° 660/13 que aprueba el Sistema de Evaluación, Calificación, Acreditación y Promoción de los Alumnos y Alumnas de los establecimientos de la Educación Secundaria Obligatoria que establece criterios y modalidades para evaluar aprendizajes, define roles y funciones docentes y habilita distintas formas de acompañamiento a las trayectorias escolares. Esta normativa se fundamenta en la responsabilidad del Estado de crear las condiciones para que los estudiantes ingresen permanezcan y egresen con aprendizajes de calidad de la institución escolar en respuesta al mandato de la obligatoriedad de la escuela secundaria fortaleciendo el principio de inclusión en el sistema educativo y promoviendo el rediseño de los formatos organizacionales para que contemplen las trayectorias reales de los estudiantes. Desde una concepción dinámica de la política educativa, la ponencia pretende comunicar el análisis realizado en torno a la potencialidad de esta resolución para ampliar la inclusión y garantizar el cumplimiento de la obligatoriedad, procurando dar cuenta de las acciones y decisiones del Estado y, también, de las acciones y decisiones de las instituciones y los actores escolares. En este contexto, realizaré una caracterización de los modos en que una escuela secundaria de General Pico, La Pampa articula tal prescripción oficial con las necesidades y condiciones institucionales. Metodológicamente, se trata de un estudio cualitativo que recurre a la entrevista y a documentos oficiales e institucionales como instrumentos de recolección de datos. Dichas fuentes permiten indagar las maneras en que la institución estudiada pone en acto la normativa sobre evaluación mediante el diseño de diferentes formatos de acompañamiento a las trayectorias de los estudiantes.
Palabras clave: Políticas educativas, trayectorias escolares, escuela secundaria, dinámicas institucionales.