4-6 diciembre 2019
Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires
America/Argentina/Buenos_Aires timezone
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Las medidas excepcionales de protección de derechos y las prácticas discursivas de las instituciones educativas del nivel primario.

No programado
20m
Campus Universitario (Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires)

Campus Universitario

Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires

Paraje Arroyo Seco s/n, Tandil, Buenos Aires, Argentina
Eje II: Educación y Des/Igualdad: políticas y prácticas para la garantía del derecho a la educación

Descripción

PALABRAS CLAVE: Política- Derechos- Infancia- Educación- Prácticas discursivas-

La conformación de un sólido campo de estudios sobre la infancia y la adhesión de nuestro país a la Convención Internacional de Derechos del Niño en 1989 (CIDN) han producido profundos cambios en la percepción social de la infancia; proponiéndola como un analizador privilegiado de la cultura política y de la cultura pedagógica, como receptáculo simbólico de proyectos sociales en disputa (Carli, 2006). El desplazamiento que se produjo a finales del siglo XX en la concepción jurídica de la infancia desde el modelo de situación irregular o tutelar hacia el de la protección integral de derechos, ha resultado sinuoso y complejo ante la paradojal situación de un avance global profundo en materia de derechos para la infancia al mismo tiempo que un retroceso social a partir de la aplicación de políticas neoliberales en Latinoamérica. En Argentina, la incorporación de la mirada integral de derechos en el sistema educativo también ha sido compleja, siendo notorio el proceso de cambio desde las políticas focalizadas, fundadas en el principio de equidad 1 , hacia un discurso de inclusión procurando recuperar políticas de inspiración universal (Feldfeber y Gluz, 2011). Ha comenzado a formalizarse un nuevo espacio, el socioeducativo (Giovine y Martignoni, 2013) en el que la trayectoria de los alumnos provenientes de sectores pobres y vulnerables transcurre entre la escuela y otras organizaciones sociales en busca de inclusión e integración social y educativa. En este contexto, comienza a cobrar centralidad el principio de corresponsabilidad como eje rector ante la detección de vulneración de derechos, es decir, la intervención conjunta de diferentes actores sociales y educativos para la implementación de estrategias integrales que permitan la restitución de derechos. Con esta idea se intenta sustituir la práctica de derivación por la de interdependencia. El sistema educativo, cada escuela y centralmente los Equipos de Orientación Escolar (EOE) resultarán actores destacados dentro de este “dispositivo de promoción y protección de derechos” ya que son los que en la actualidad intervienen mayormente ante situaciones en las que aquella se detecta.
Teniendo en cuenta algunos aportes de la teoría foucaultiana, esta ponencia se propone presentar un avance de la tesis de licenciatura 2 centrado en el interés sobre las prácticas discursivas 3 que, en un contexto de institucionalización de derechos, llevan adelante distintos profesionales integrantes de los EOE, de los Servicios Locales de Promoción y Protección de Derechos (SLPPD) y otras organizaciones, justificando la necesidad de tomar una medida excepcional de protección ante la detección de una vulneración de derechos sobre un niño/a. Las medidas excepcionales de protección 4 implican la separación del niño de su medio familiar; representando una medida extrema, subsidiaria y restringida en el tiempo a la que –de acuerdo a lo sostenido por algunos autores (Pellegrini, 2010)-se debería evitar llegar. En numerosas ocasiones las intervenciones conjuntas entre actores corresponsables apelan a dicha medida al considerarla más ágil, rápida y menos dificultosa, pero a su vez, la más vulneratoria de otros derechos fundamentales como es la institucionalización del niño y su afectación a otro derecho como es el de vivir con su familia de origen. Ponemos entonces en debate la principal hipótesis de esta investigación centrada en la persistencia de prácticas discursivas más cercanas al paradigma de la situación irregular o tutelar que a la de la promoción y protección integral de derechos, circunscripta en el escenario de la educación primaria.
La estrategia metodológica cualitativa será de carácter inductivo, con un tipo de diseño para el estudio de caso único con múltiples unidades de análisis (Stake, 1998; Forni, 2010). A través de una investigación exploratoria inicial con Inspectores de la Modalidad de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social, quienes están a cargo de supervisar los EOE, se obtuvieron datos relevantes que permitieron identificar aquellas escuelas de nivel primario en las que se implementa el mayor número de intervenciones con los SLPPD; seleccionando la más representativa en diversidad de casos. También se utilizan aportes de la etnografía bajo el propósito de acceder a dichas prácticas a través de la relación directa con sus actores; acudiendo a la realización de entrevistas semiestructuradas a profesionales de los EOE y de los SLPPD, así como de otras organizaciones intervinientes. Esperamos que a través del análisis de las prácticas discursivas de dichos actores podamos elaborar interrogantes que nos permitan entrever cómo esos ejercicios de poder que intentan “gobernar” se despliegan en nuestro contexto local y se combinan y re-combinan de distintas maneras (Villalta, 2013). No se trata tanto de clasificar prácticas de “patronato” o de “protección” sobredimensionando la capacidad de control sobre los niños y las familias por parte de un agente del estado que aplica mecánicamente las leyes y las reglamentaciones. Sino más bien, en primer lugar, explorar las vinculaciones entre lo macropolítico (la normativa propuesta desde el ámbito educativo) y lo micropolítco (las prácticas situadas en el territorio) tratando de dar cuenta de ciertas regularidades, pero también, en segundo lugar, analizar los significados y valores que le atribuyen los actores locales a dichos saberes e ideas.

1 La idea de equidad remite a la acción de no dar lo mismo a quienes son diferentes, por lo que la acción política que desarrolla es la de seleccionar a los más pobres entre los más pobres como “población objetivo” (Feldfeber y Gluz, 2011).
2 “Las medidas excepcionales de protección de derechos y las prácticas discursivas de las instituciones educativas del nivel primario”. Tesis de Licenciatura en Ciencias de la Educación. FCH. UNICEN.
3 Se entiende por prácticas discursivas -recuperando a Foucault (1979)- a las “maneras de hablar, pensar o hacer, o reglas anónimas, históricas, siempre determinadas en el tiempo y el espacio que han definido en una época dada y para un área social, económica, geográfica o lingüística dada, las condiciones de ejercicio de la función enunciativa” (p.198).
4 De acuerdo a la Ley N° 13.298/07 de Promoción y Protección de derechos de niños, niñas y adolescentes en su art. 35 (inc. H) refiere al Abrigo y Guarda institucional.

Autores primarios

Prof. María Catalina Munuce (Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires) Dr Liliana Martignoni (Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires)

Materiales de la presentación

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